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ABOGADOS EN DALLAS, TEXAS DE INMIGRACIÓN Y VISAS

Davis & Asociados son los abogados de Inmigración y visas de elección en el Norte de Texas, incluyendo Dallas, Fort Worth, Plano, Frisco, McKinney y sus alrededores. Nuestros abogados proporcionan asesoría jurídica especializada para todos los aspectos de las leyes de inmigración, incluyendo la defensa de deportación, los procedimientos de hábeas corpus y mandamus, patrocinada por la familia, empleo patrocinado, inversiones, el cumplimiento del empleador, visas temporales de trabajo y la universidad, residencia permanente, naturalización, el proceso consular de visados, exenciones y apelaciones.

Visa immigration lawyer in Dallas, TX | Davis & Associates | H1B Visa Lawyer

INMIGRACIÓN, VISA Y PRÁCTICA DE LA LEY

Davis & Asociados se dedica a la ley de inmigración. Nuestra oficina se enfoca en todas las áreas de la ley de inmigración. La política de América cambia con cada presidente, por lo que mantenerse en la cima de la ley de inmigración es un trabajo de tiempo completo. Un inmigrante en los Estados Unidos necesita la mejor representación posible para ser capaz de superar muchos obstáculos que se presenten.

MUHAMMAD MOTIWALA

"Sr. Garry Davis es, sin duda, un abogado increíble. Por encima de todo, es un muy buen oyente que es una ventaja para sus clientes y tiene una personalidad increíble y dispuesto a ayudar a la gente. Estoy más que feliz de tratar sólo con el Sr. Davis con los ojos cerrados en todo momento".

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NUESTRA OFICINA ESTÁ COMPROMETIDA A PROPORCIONAR UNA EXCELENTE REPRESENTACIÓN EN LAS SIGUIENTES ÁREAS:

  • Procedimientos de expulsión ante la Oficina Ejecutiva para Revisión de Inmigración (cancelación de expulsión, ajuste de estatus, exención de expulsión, la salida voluntaria, renuncias, Cargos)
  • Recurso ante la Junta de Apelaciones de Inmigración
  • Peticiones de visa (habilidades extraordinarias, profesores e investigadores excepcionales, Nacionales exención del interés, gerentes multinacionales y ejecutivos, cónyuges, padres e hijos menores de ciudadanos de los EE.UU., cónyuges e hijos menores de residentes permanentes legales, hijos adultos de ciudadanos estadounidenses, hermanos y hermanas de los ciudadanos de los Estados Unidos, los inmigrantes especiales)
  • Peticiones de visa de No Inmigrantes (visitantes, inversores, operadores internacionales, estudiantes, trabajadores profesionales, transferencias entre compañías, habilidades extraordinarias, artistas, trabajadores religiosos)
  • Cambio de estatus (conversión del documento de entrada I-94 a un estado diferente)
  • Ajuste de Estatus (la declaración de la condición de residente legal permanente, mientras que en los EE.UU. con una petición de visa de inmigrante aprobada, la condición de asilo o el Programa de Visas de Diversidad)
  • Procesamiento de visa consular (inmigrante o no inmigrante Visas de los Consulados de los Estados Unidos)
  • Certificación de trabajo
  • Órdenes judiciales y recursos de exhibición en la Corte Federal
  • Asilo Político
  • La violencia contra las mujeres
  • Representantes religiosos inmigrantes especiales
  • Opiniones consultivas y servicios de testigo experto por las consecuencias de inmigración de la actividad criminal y las decisiones de relaciones domésticas
  • Perdones (fraude, actividad criminal, médicos, presencia ilegal, deportaciones anteriores, J-1)

QUIÉN CALIFICA PARA UNA VISA PERMANENTE

¿Cuáles son las formas en que una persona puede llegar a ser un residente permanente de los Estados Unidos?

Las leyes federales de inmigración permiten diversas maneras para que un no ciudadano de los Estados Unidos pueda convertirse en un residente permanente. Una persona con residencia permanente ("tarjeta verde") se conoce como un residente legal permanente ("LPR") y tiene el derecho de vivir y trabajar en los Estados Unidos, y para viajar dentro y fuera de los Estados Unidos.

Las vías para acceder a la residencia permanente se enumeran a continuación junto con una breve explicación. Por favor, vea los otros artículos en este sitio web para más detalles sobre cualquier procedimiento particular de obtener la residencia permanente.

CIERTOS MIEMBROS DE FAMILIA DE CIUDADANOS Y RESIDENTES PERMANENTES

Si usted es el cónyuge, padre, hijo o hermano de un ciudadano de Estados Unidos, o el cónyuge o hijo soltero de un residente permanente, usted puede ser capaz de convertirse en un residente permanente a través de su familiar. El ciudadano o miembro de la familia residente permanente tendrían que presentar una petición en su nombre con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración. Si esa petición es aprobada, a continuación, puede ser capaz de aplicar para una visa de inmigrante (una "tarjeta verde").

La cantidad de tiempo entre el momento en que el ciudadano o residente permanente presenta la petición y cuando el miembro de la familia que no es ciudadano en realidad obtiene la visa de inmigrante puede variar mucho - entre 6 meses a 20 años o más. El tiempo de espera se determina por el estado migratorio del solicitante (que son un ciudadano o un residente permanente), El tipo de miembro de la familia que están solicitando, y de qué país es el miembro de familia.

No basta con tener una petición aprobada, o incluso múltiples peticiones aprobadas, no significa que la persona no ciudadana en realidad será capaz de obtener la residencia permanente. USCIS debe determinar que la persona califica para la residencia de acuerdo a una serie de factores, incluyendo la salud de la persona, historia de inmigración y antecedentes penales.

CIERTOS EMPLEADOS, TRABAJADORES E INVERSIONISTAS

Las personas que tienen ciertas habilidades valiosas para los empleadores de Estados Unidos pueden calificar para la residencia permanente. Hay varias categorías seleccionadas, tales como aquellos que, como profesores, investigadores, deportistas, artistas, personas con títulos avanzados, trabajadores religiosos, personas dispuestas a invertir $1 millón en una empresa de EE.UU., y ciertos “inmigrantes especiales."

Cada tipo de personal se prioriza en categorías de preferencia, al igual que con las visas basadas en la familia. Debido a esto, no puede haber un largo tiempo de espera entre el momento en que se presentó la petición basada en el empleo y cuando la persona puede solicitar la residencia permanente.

Debido a la variedad de formas en que una persona puede calificar y los requisitos que el empleador debe cumplir para poder solicitar la residencia permanente para un trabajador que no es ciudadano, un abogado de inmigración debe ser consultado antes de comenzar el proceso.

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INMIGRANTES DE AUTO-PETICIÓN

En algunos casos, una persona puede presentar una petición de visa por sí mismo. Cónyuges recientemente viuda/os de los ciudadanos de Estados Unidos pueden auto-peticionar, siempre y cuando se casaron durante dos años antes de la muerte de su cónyuge, aplique un plazo de dos años después de la muerte de su cónyuge, y no se han vuelto a casar.

Los cónyuges maltratados, los padres y los hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos americanos y los cónyuges maltratados e hijos solteros menores de 21 años de residentes permanentes también se pueden auto-peticionar. Con el fin de hacerlo, el miembro de la familia maltratado debe presentar pruebas de que han sufrido extrema crueldad a manos del ciudadano o residente permanente. Las peticiones están sujetas a la aprobación de USCIS.

ASILADOS Y REFUGIADOS

Asilo puede ser pedido por una persona dentro de los Estados Unidos dentro de un año de su llegada. La persona tiene que demostrar que tienen un temor bien fundado de persecución en su país de origen por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social. Los refugiados son similares a los solicitantes de asilo, excepto que se aplican para la condición de refugiado fuera de los Estados Unidos. Un asilado o refugiado puede solicitar la residencia permanente después de un año.

GANADORES DE LA LOTERÍA DE LA DIVERSIDAD

Cincuenta mil visas de inmigrante están autorizados cada año durante los afortunados ganadores de la lotería de la diversidad. Los ganadores son seleccionados al azar por el Departamento de Estado y la lotería está abierta a personas de países con bajas tasas de inmigración a los Estados Unidos.

PERSONAS QUE CALIFICAN PARA LA LEGALIZACIÓN, SAW O NACARA

Los programas de legalización de la década de 1980 permitieron a millones de personas a convertirse en residentes permanentes. Los plazos de aplicación de los programas de "amnistía" y trabajador especial para la agricultura de 1986 terminó hace años. Sin embargo, la posterior demanda colectiva ha permitido que un pequeño grupo de personas busque la residencia permanente a través de estos programas, incluso después de que se terminó.

La Ley de Ajuste Nicaragüense y Alivio Centroamericano de 1997 presentó los beneficios de inmigración para gente de Nicaragua, Cuba, El Salvador, Guatemala y algunos países de Europa del Este. El período de solicitud de NACARA ha terminado.

PERSONAS QUE CALIFICAN PARA REGISTRO

Registro es una disposición en la ley de inmigración que permite a una persona indocumentada que ha vivido en los Estados Unidos desde el 1 de Enero de 1972 solicitar la residencia permanente. La persona debe ser de buen carácter moral y de lo contrario debe reunir los requisitos para recibir la residencia permanente. Una persona con historia penal, inmigración, o la historia médica podrían descalificar a que se conviertan en residentes permanentes - es importante hablar con un abogado con experiencia para asegurarse de que cumple con los requisitos.

PROPOSICIONES DE LEY DEL CONGRESO

La residencia permanente se puede transportar a una persona a través de una ley del Congreso a través de la introducción de una proposición de ley, pero esto es extremadamente raro. Un miembro del Congreso debe patrocinar el proyecto de ley e introducirlo. El proyecto de ley debe ser votado y aprobado como sería cualquier otra ley. Las personas que obtengan residencia a través de un proyecto de ley privada suelen tener factores humanitarios de peso en sus casos y no hay otra manera de legalizar su situación.

PERSONAS QUE CON ÉXITO SE DEFIENDEN EN LA CORTE DE INMIGRACIÓN CONTRA LA DEPORTACIÓN

Una persona que está en proceso de deportación ante un juez de inmigración y que ha vivido en los Estados Unidos por lo menos 10 años, tiene un buen carácter moral, no ha sido condenado por ciertos delitos, y cuenta con un ciudadano estadounidense o residente permanente o padre puede detener su deportación si pueden demostrar al juez que si son deportados, su pariente sufrirá dificultades excepcionales y extremadamente inusuales. Se trata de un estándar muy alto y por consiguiente pocas personas pueden cumplir con ella. Sin embargo, si el juez decide cancelar la expulsión, también concederá la residencia permanente al no ciudadano.

 

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