Visas De Pariente Inmediato – IR-1, CR-1, IR-2 Y Más
Algunos familiares de ciudadanos de los Estados Unidos califican para visas de parientes inmediatos. Estas visas le permiten venir a los Estados Unidos y recibir una tarjeta verde sin esperar a que una visa esté disponible.
Una vez que tenga una tarjeta verde, usted será un residente permanente legal que eventualmente será elegible para solicitar la ciudadanía.
¿Qué son las visas de parientes inmediatos?
La ley de inmigración de los Estados Unidos proporciona muchas rutas de inmigración familiar. Estos caminos se priorizan según el tipo de relación familiar y si el patrocinador es o no un ciudadano estadounidense o residente permanente legal. Los familiares inmediatos de los ciudadanos estadounidenses tienen la primera prioridad y son elegibles para solicitar visas para venir a los Estados Unidos sin tener que esperar a que una visa esté disponible para ellos. Solo algunas relaciones familiares cuentan, como cónyuges, hijos y padres.
Las visas de parientes inmediatos que pueden estar disponibles para usted incluyen:
- IR-1 y CR-1
- IR-2 y CR-2
- IR-3
- IR-4
- IR-5
La relación familiar que tenga con su pariente ciudadano estadounidense determinará para qué tipo de visa califica; esta guía explica.
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Visas de Pariente Inmediato para Cónyuges de Ciudadanos Estadounidenses: Visas IR-1 y CR-1
Si su cónyuge, es decir, su esposo o esposa legalmente casado, es ciudadano estadounidense, puede presentar una petición para una visa IR-1 o CR-1. La diferencia entre las dos visas es la duración de su matrimonio; Si ha estado casado por menos de dos años, el cónyuge extranjero solicita una visa CR-1, y si ha estado casado por dos o más años, el cónyuge extranjero solicita la visa IR-1.
Visas para Niños y Parientes Inmediatos: Visas IR-2 y CR-2
Si usted es ciudadano estadounidense y tiene hijos solteros menores de 21 años que viven fuera de los Estados Unidos, una visa IR-2 o CR-2 es probablemente la opción correcta para usted. Una visa IR-2 es para niños cuyos padres han estado casados por más de dos años (cuando uno de los padres recibe una visa IR-1), mientras que una visa CR-2 es para niños cuyos padres han estado casados por menos de dos años.
Niños adoptados en el extranjero: Visa IR-3
Si usted es ciudadano estadounidense y ha adoptado a un niño que está fuera de los Estados Unidos, necesitará la visa IR-3. La visa IR-3 está reservada específicamente para hijos adoptados de ciudadanos estadounidenses donde el proceso de adopción tuvo lugar en el país de origen del niño. El proceso para obtener una visa IR-3 difiere según el país de origen del niño.
Niños que serán adoptados en los EE.UU.: Visa IR-4
La visa IR-4 permite a los ciudadanos estadounidenses obtener la tutela del niño que desean adoptar en el país de origen del niño y luego llevarlos a los Estados Unidos para completar el proceso de adopción. El proceso de obtener una visa IR-4 difiere según el país de origen del niño.
Padres de ciudadanos estadounidenses: Visa IR-5
La visa IR-5 está reservada para padres de ciudadanos estadounidenses. El ciudadano estadounidense debe tener al menos 21 años de edad y debe poder probar la relación parental a través de un certificado de nacimiento válido.
Visas de parientes inmediatos de un vistazo
Esta tabla ilustra qué tipos de visas son apropiadas para que los miembros de la familia inmediata vengan a los Estados Unidos.
Tipo de visa | Relaciones familiares | Condiciones de aplicación |
IR-1 | Cónyuges de ciudadanos estadounidenses | Ha estado casado por más de dos años. |
CR-1 | Cónyuges de ciudadanos estadounidenses | Ha estado casado por menos de dos años. |
IR-2 | Hijos de ciudadanos estadounidenses solteros y menores de 21 años que residen fuera de los Estados Unidos | El padre no ciudadano debe tener una visa IR-1. |
CR-2 | Hijos de ciudadanos estadounidenses solteros y menores de 21 años que residen fuera de los Estados Unidos | El padre no ciudadano debe tener una visa CR-2.
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IR-3 | Niños adoptados en el extranjero por ciudadanos estadounidenses | El niño debe ser menor de 21 años y soltero. |
IR-4 | Niños que serán adoptados en los Estados Unidos por ciudadanos estadounidenses | El niño debe ser menor de 21 años y soltero. |
IR-5 | Padres de ciudadanos estadounidenses | El ciudadano estadounidense debe tener al menos 21 años de edad. |
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¿Qué pasa con los miembros de la familia de los miembros de la familia?
Si su cónyuge o padre califica para una visa de pariente inmediato, usted también puede ser elegible para una visa. Usted obtiene su autorización de la autorización de ese miembro de la familia.
Por ejemplo, si su esposo puede solicitar una visa IR-5 porque es el padre de un ciudadano estadounidense, también puede solicitar una visa y una tarjeta verde. Deberá proporcionar toda su propia documentación y ser admisible en los Estados Unidos por derecho propio (lo que significa que debe cumplir con los mismos criterios de admisibilidad que su cónyuge).
Esto se llama ser un solicitante derivado, y si cree que puede calificar (o si usted es el solicitante y cree que sus otros miembros de la familia también califican), debe hablar con un abogado de inmigración de Dallas para obtener algunos detalles sobre su caso.
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¿Cuáles son los motivos de inadmisibilidad?
Para calificar para una de estas visas y una tarjeta verde, debe ser admisible en los Estados Unidos. Eso significa que debe cumplir con todos los criterios que cualquier otra persona debe cumplir para ingresar al país (como ser una persona de buen carácter moral y no tener ciertas enfermedades transmisibles). Sin embargo, hay exenciones disponibles para la inadmisibilidad. Debe hablar con un abogado de inmigración si no está seguro de si es admisible en los Estados Unidos.
¿Cómo se solicita una visa de pariente inmediato?
Para muchas personas, la forma más fácil de solicitar una visa de pariente inmediato es con la ayuda de un abogado. Si usted es el pariente extranjero, no puede solicitar por sí mismo: el ciudadano estadounidense debe solicitarlo en su nombre, aunque tendrá que cooperar y proporcionar la documentación que sea necesaria.
¿Necesita hablar con un abogado sobre cómo obtener una visa de pariente inmediato?
Si usted es ciudadano estadounidense, o si es un pariente inmediato con un miembro de la familia que está listo para solicitar por usted, es posible que podamos ayudarlo. Llame a nuestra oficina hoy para programar su consulta con un abogado experimentado para comenzar el proceso.