Guía de inmigración para inversores estadounidenses

¿Eres un inmigrante que busca una forma de establecerse en Estados Unidos y alcanzar cierta estabilidad económica? Un visado de inversor podría ser la solución adecuada para ti.

Los visados de inversor están diseñados específicamente para permitir a los inmigrantes labrarse su propio camino hacia la residencia permanente en Estados Unidos, realizando inversiones que cumplan los requisitos en empresas estadounidenses y cumpliendo con ciertos criterios.

En esta guía, te explicaremos lo esencial que debes saber sobre los visados de inversor, desde los criterios de elegibilidad hasta los procesos de solicitud.

U.S. Investor Visa Guide with Davis & Associates

No importa de dónde vengas ni por qué quieras un visado: ¡asegurémonos de que invertir tu dinero de forma inteligente forme parte de tu sueño americano!

Opción 1: El visado de no inmigrante E-2

Si desea crear una empresa en Estados Unidos, el visado de inversor E-2 podría ser una excelente opción. Para determinar si cumple los requisitos, es importante que primero se informe sobre los criterios del visado E-2 y se asegure de que los cumple.

Los solicitantes deben ser ciudadanos de un país con el que Estados Unidos tenga un tratado válido, haber invertido o estar en proceso de invertir activamente una cantidad sustancial de capital en la empresa estadounidense, y tener la intención de permanecer en Estados Unidos para desarrollar y dirigir su negocio. Además, los solicitantes deben demostrar que tienen control sobre los fondos que están invirtiendo y que vienen a trabajar en una función distinta a la de empleado.

Por último, los solicitantes deben demostrar que su inversión contribuirá al crecimiento del empleo en EE. UU., demostrando su impacto económico mediante la contratación de más empleados o un aumento significativo de la productividad. Teniendo en cuenta todos estos criterios al solicitar un visado E-2, podrás determinar si cumples los requisitos para aprovechar esta oportunidad de crear un negocio próspero en EE. UU.

Puedes consultar la lista completa de países que cumplen los requisitos para el visado E-2 en la página web travel.state.gov.

Requisitos de elegibilidad para el visado E-2

  1. Inversión sustancial – Recomendamos un mínimo de 100 000 dólares estadounidenses para maximizar las posibilidades de éxito. Debemos poder demostrar que el dinero es 100 % lícito y documentar su origen. No recomendamos utilizar fondos procedentes de donaciones. Para maximizar las posibilidades, el dinero utilizado para la inversión debe proceder de ingresos propios, ya sea mediante la venta de un activo, la distribución de beneficios empresariales o los ahorros acumulados a lo largo del tiempo gracias a un empleo. También podría tratarse de fondos prestados, pero solo si el préstamo está garantizado con un activo de propiedad personal del inversor.
  2. Participación mayoritaria en una empresa estadounidense – Recomendamos una participación mínima del 51 % en la empresa estadounidense. La empresa debe estar en activo y requerir la atención diaria del inversor E-2. No puede tratarse de una inversión pasiva. El inversor deberá constituir una entidad con sede en EE. UU. o adquirir una entidad ya existente con sede en EE. UU., como una sociedad de responsabilidad limitada o una sociedad anónima.
  3. No debe ser un negocio marginal – Un negocio marginal es aquel en el que el inversor E-2 solo percibe un salario mínimo para subsistir. Para cumplir los requisitos, un titular de visado E-2 debe considerar los ingresos del negocio como un rendimiento de la inversión, en lugar de como un sueldo o salario. Tendríamos que poder demostrar que disponemos de otros activos generadores de ingresos o recursos financieros, como liquidez adicional, bienes inmuebles con valor neto o otras inversiones —es decir, valores, bonos, cuentas de jubilación, etc.— para poder cumplir este requisito. O bien, tendríamos que demostrar que los rendimientos previstos del negocio E-2 superarán con creces las necesidades de subsistencia del inversor y su familia.
  4. Ubicación para el desarrollo de la actividad empresarial identificada y asegurada – El Gobierno de EE. UU. no aprobará una visa E-2 a menos que podamos demostrar que se ha asegurado la ubicación para el desarrollo de la actividad empresarial. Esto podría hacerse mediante un contrato de arrendamiento o, en algunos casos, mediante un memorando de entendimiento o una carta de intenciones con el arrendador. Asimismo, puede ser suficiente una carta del arrendador del vendedor en la que se confirme el permiso para asumir el contrato de arrendamiento tras el cierre de la operación. En ocasiones, el inmueble forma parte de la transacción, en cuyo caso este requisito queda cubierto.
  5. Compromiso con la empresa E-2 – El Gobierno de EE. UU. no aprobará un visado E-2 a menos que podamos demostrar que los fondos están «comprometidos» con la inversión en el negocio E-2. Actualmente, las dos formas en que nos permiten demostrar este requisito son:
    • Realizar la inversión. Adquirir el negocio, el equipo, los inmuebles, etc., necesarios para el funcionamiento de la empresa y asumir el riesgo de que no se apruebe la solicitud.
    • Depositar los fondos destinados a la inversión en una cuenta de garantía bloqueada, con la única condición de que se apruebe el visado E-2.

En cualquier caso, los fondos se encuentran en EE. UU. y quedan inmovilizados mientras se tramita el proceso.

  1. Plan de negocio – El inversor también necesitará un plan de negocio formal que incluya, como mínimo, un resumen ejecutivo, un resumen de la inversión, una descripción general de las operaciones, datos de viabilidad, previsiones de contratación para los próximos 5 años y previsiones financieras para los próximos 5 años.

El proceso paso a paso para obtener el visado E-2

Para solicitar el visado E-2, es necesario seguir los siguientes pasos:

  • Constituir una entidad de responsabilidad limitada en EE. UU. —puede ser una LLC o una Inc., tal y como se ha indicado anteriormente— con un libro de actas debidamente formalizado.
  • Obtener un número de identificación fiscal federal (EIN) del Servicio de Impuestos Internos (IRS) para la empresa.
  • Abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa estadounidense.
  • Transferir los fondos necesarios para realizar la inversión desde los fondos personales del inversor (con documentación que acredite el origen de los fondos) a la cuenta de la empresa estadounidense.
  • Formalizar los contratos necesarios para realizar la inversión en una operación empresarial estadounidense a nombre de la empresa estadounidense.
  • Financiar el contrato, ya sea mediante la compra de la empresa o depositando los fondos destinados a su adquisición en una cuenta de garantía bloqueada.
  • Conseguir un local para desarrollar la actividad empresarial.
  • Elaborar el plan de negocio formal.
  • Presentar la solicitud de visado E-2 para inversores en virtud de un tratado.

¿Ajuste de estatus o tramitación consular?

Existen dos opciones para presentar la solicitud de visado E-2: solicitar un cambio de estatus dentro de EE. UU., también conocido como ajuste de estatus, y solicitar el visado en el consulado de EE. UU., o tramitación consular.

Ajuste de estatus

Si la persona tiene un visado para EE. UU. y entra en el país de forma legal, puede presentar una solicitud de cambio de estatus ante el USCIS. Este enfoque tiene ventajas e inconvenientes.

Ventajas:

Rapidez: Presentar la solicitud ante el USCIS es mucho más rápido que hacerlo en el consulado de EE. UU. La estimación más realista para la tramitación de un visado E-2 en un consulado es actualmente de unos 9 a 12 meses. El cambio de estatus probablemente solo tardará entre 4 y 6 meses de principio a fin.

Sin entrevista – No hay entrevista con el USCIS para tramitar una solicitud de cambio de estatus E-2.

Inconvenientes:

Las tasas gubernamentales son considerablemente más elevadas – En el consulado, el inversor paga una tasa gubernamental de 205 dólares. Con el USCIS, la tasa asciende a cerca de 3000 dólares para el inversor.

Sin viaje – El proceso de cambio de estatus de USCIS no da lugar a que el inversor obtenga un nuevo visado. Un visado es un documento de entrada. Cuando se utiliza un visado para entrar en EE. UU., a la persona se le concede entonces un estatus, un período de tiempo para permanecer en EE. UU. y limitaciones sobre las actividades permitidas.

Se puede cambiar el estatus, las restricciones y las actividades permitidas, pero no el visado que figura en el pasaporte. Para poder viajar al extranjero, el inversor tendrá que tramitarlo a través del consulado de EE. UU. El proceso de cambio de estatus no tiene nada que ver con el proceso de solicitud de visado.

Duración – Una solicitud de cambio de estatus solo se aprueba por 2 años. El visado obtenido mediante el trámite consular tendría una validez de 5 años con el mismo esfuerzo.

Quienes eligen la opción del cambio de estatus lo hacen porque no tienen necesidades inmediatas de viajar al extranjero y prefieren la rapidez del proceso de ajuste de estatus.

Tramitación consular

La alternativa es solicitar el visado E-2 ante el consulado de EE. UU. Este enfoque también tiene ventajas e inconvenientes, que son similares a los del cambio de estatus mencionado anteriormente.

Ventajas:

Mayor duración – El período de validez del visado es de 5 años. Cada vez que la persona utiliza el visado E-2 para entrar en EE. UU., se le concede un período de estatus de 2 años. Para renovarlo, basta con viajar y pasar de nuevo por el control de inmigración antes de que caduque el estatus, y regresar con un nuevo período de estatus de 2 años.

Coste – Aunque los honorarios legales son los mismos para ambos procedimientos (ya que el trabajo es el mismo), las tasas gubernamentales son considerablemente más baratas en el consulado de EE. UU.

Libertad para viajar – El titular de un visado E-2 puede entrar y salir de EE. UU. a su antojo durante el período de validez del visado E-2.

Inconvenientes:

Mayor tiempo de espera para tramitar la solicitud, tal y como se ha explicado anteriormente.

Se requiere una entrevista – El inversor debe presentarse a una entrevista presencial para explicar el origen de los fondos destinados a la inversión y el plan de negocio de forma satisfactoria para el funcionario consular.

Quienes eligen esta opción de visado suelen hacerlo por la necesidad de disponer de flexibilidad para viajar al extranjero. Además, prefieren el periodo de validez más largo que se obtiene con un único pago.

¿Es el visado E-2 la mejor opción para ti?

El visado E-2 es una excelente opción. Es muy flexible, el cónyuge dependiente cuenta con autorización de trabajo incluida como cónyuge de titular de visado E-2, y los hijos pueden ir al colegio y permanecer en EE. UU. como dependientes de visado E-2 hasta que cumplan 21 años.

El único inconveniente de la E-2 es que no ofrece una vía directa hacia la residencia permanente. Existen opciones para obtener la residencia permanente en EE. UU., como el patrocinio laboral, la inversión a través del programa EB-5 (que se explica más adelante) o el patrocinio familiar. Podemos analizar con más detalle las estrategias para obtener la tarjeta verde si decides trabajar con nosotros en la opción del visado E-2.

Opción 2: Visado EB-5 para la creación de empleo

El visado EB-5 es lo más parecido que tenemos en EE. UU. a la compra de una tarjeta verde. Con una inversión de al menos 800 000 dólares estadounidenses, un inversor puede solicitar una tarjeta verde en EE. UU. Hay dos formas de obtener el visado EB-5: la inversión directa, en la que el inversor es propietario y controla activamente el negocio, o la inversión pasiva, realizada a través de un banco de inversión denominado «centro regional».

Inversión directa

Con una inversión de 1 050 000 dólares, un inversor puede abrir o comprar una empresa en EE. UU. y solicitar una tarjeta verde EB-5. Cuando se conceda la tarjeta verde EB-5, el inversor tendrá un estatus de residente condicional durante 2 años. Durante ese tiempo, el inversor deberá crear al menos 10 nuevos puestos de trabajo a tiempo completo para trabajadores estadounidenses.

En otras palabras, si el inversor adquiere un negocio con 10 empleados a tiempo completo por 1 050 000 dólares o más, el negocio deberá crecer hasta contar con 20 empleados a tiempo completo al final del periodo de dos años de residencia condicional. Si el inversor no consigue incorporar a 10 empleados a tiempo completo adicionales para ese momento, y mantenerlos durante el proceso, se denegará la solicitud de levantamiento de condiciones y se iniciarán los trámites de deportación contra la persona.

Por lo general, no recomendamos este enfoque. No hay muchas empresas con un capital inicial de 1 050 000 dólares que puedan mantener a 10 nuevos empleados en un plazo de dos años. La mayoría de nuestros inversores que utilizan el visado EB-5 tienen previsto invertir mucho más que el requisito mínimo, por ejemplo, para adquirir un hotel o un edificio de oficinas comerciales.

Por lo general, sugerimos considerar la posibilidad de invertir 800 000 dólares de forma pasiva a través de un Centro Regional y, a continuación, utilizar el saldo de su capital de inversión para lo que deseen, en lugar de intentar cumplir ambos objetivos. Dicho esto, podemos apoyar cualquiera de los dos enfoques. Más adelante explicaremos el proceso de inversión a través de un Centro Regional.

Ventajas del enfoque de inversión directa:

  • Control sobre el negocio
  • Mayor potencial de rentabilidad de la inversión
  • Los costes totales son menores: aunque los honorarios legales son más elevados con este enfoque, el inversor se ahorra los costes de las comisiones de acceso al banco de inversión para sus fondos, que son considerables.

Inconvenientes del enfoque de inversión directa:

  • Riesgo migratorio mucho mayor
  • La ley obliga al inversor a contratar y remunerar a empleados a tiempo completo, incluso si el negocio no puede mantenerlos ni los necesita

Inversión EB-5 pasiva

El enfoque alternativo a esto consiste en que el inversor invierta a través de un banco de inversión bien establecido y de buena reputación, denominado «centro regional». El requisito de inversión es de 800 000 dólares, lo que supone un descuento respecto al enfoque de inversión directa. El centro regional se encarga de cumplir el requisito de creación de empleo, lo que aumenta aún más el carácter pasivo de la inversión desde el punto de vista del cumplimiento de la normativa de inmigración.

No apoyamos las inversiones en centros regionales que no estén respaldadas de alguna forma por activos inmobiliarios. Hay centros regionales que ofrecen rendimientos considerables por inversiones en forma de capital riesgo en empresas. Consideramos que se trata de inversiones demasiado arriesgadas como para que estemos dispuestos a involucrarnos en el proceso de inmigración. Desde nuestro punto de vista, cuanto menor sea el rendimiento, mejor, ya que eso implica un menor riesgo. Queremos que el inversor recupere su dinero con un riesgo mínimo de impago por parte del centro regional.

Ventajas de trabajar con un centro regional:

  • Riesgo migratorio mucho menor: la creación de empleo corre a cargo del fondo, no del inversor.
  • Un proceso más ágil que ahorra gastos legales (unos 10 000 dólares más barato trabajar con el centro regional)

Inconvenientes de trabajar con un centro regional:

  • Menor potencial de rentabilidad
  • Capital inmovilizado durante 5-7 años
  • Sin control: el inversor es totalmente pasivo
  • Mayor coste total: los centros regionales cobran una comisión de acceso a sus fondos, que puede ser considerable; hemos visto casos de hasta 60 000 dólares

¿Es el visado EB-5 la opción adecuada para ti?

Un aspecto a tener en cuenta con respecto al visado EB-5 es que los plazos son terribles en este momento. El USCIS informa de que la tramitación de la solicitud tarda unos 5 años. Si el inversor y su familia a su cargo se encuentran en EE. UU., todos pueden solicitar la tarjeta verde al mismo tiempo que la petición. Esto les permitirá obtener autorización para trabajar y viajar mientras esperan la decisión final. Sin embargo, si la persona no se encuentra en EE. UU., la espera para obtener cualquier beneficio es muy larga.

Por eso, para quienes cumplen los requisitos, combinar las visas E-2 y EB-5 suele ser la mejor estrategia. Utiliza la visa E-2 para venir aquí, adquirir y dirigir un negocio, y ganar dinero mientras tanto. Después, recurre a la visa EB-5 como vía para obtener la tarjeta de residencia, siempre que dispongas de capital de inversión suficiente para poder hacer ambas cosas.

Cómo financiar un visado E-2 y EB-5

A menudo nos preguntan qué fuentes de financiación son adecuadas para los visados E-2 y EB-5. La mejor opción son los fondos personales del inversor, acumulados de forma documentada y legítima. Algunos ejemplos serían:

  • Ahorros procedentes de un empleo asalariado a lo largo del tiempo
  • Distribución de ingresos empresariales u otros ingresos por inversiones acumulados a lo largo del tiempo
  • Venta de un negocio, valores revalorizados o inmuebles
  • Ahorros para la jubilación
  • Herencia recibida tras el fallecimiento de un familiar cercano
  • Fondos procedentes de préstamos garantizados con el valor neto de activos personales, como una vivienda, un inmueble comercial o un negocio

Estas son fuentes de financiación ideales para los visados E-2 y EB-5.

Se pueden utilizar fuentes de financiación alternativas, pero conllevan cierto riesgo. Estados Unidos está importando conocimientos a través de los programas E-2 y EB-5. Obtener dinero de otra persona para realizar una inversión E-2 o EB-5 no demuestra que el inversor tenga conocimientos sobre la gestión de un negocio. Además, el Gobierno suele considerar que los fondos entregados al inversor son, en realidad, préstamos que no están garantizados por un activo personal.

  • Fondos entregados a modo de donación por parte de un amigo o familiar
  • Anticipo de una herencia
  • Préstamo sin garantía
  • Préstamo de una empresa propiedad del inversor y controlada por él

No es que un inversor no pueda probar estas opciones; es posible que funcionen. Pero cada una conlleva un riesgo.

¿Necesita un abogado especializado en inmigración para su solicitud de visado E-2 o EB-5?

Somos abogados especializados en inmigración, no abogados mercantilistas, agentes comerciales ni agentes inmobiliarios. Le ayudamos asesorándole a lo largo de todo el proceso de solicitud de los visados E-2 y EB-5 para garantizar que todo se gestione correctamente, tal y como el gobierno prefiere que se haga.

Nos encargamos de las tareas más complejas relacionadas con el cambio de estatus o la solicitud de visado, los formularios y la presentación de pruebas. También ayudamos con cualquier solicitud de cartas de pruebas que envíe el gobierno mientras decide sobre el caso.

No nos dedicamos a la constitución de empresas, a la elaboración de planes de negocio ni a la preparación de la contabilidad corporativa. Contamos con recursos de terceros con los que colaboramos para ayudar con esos requisitos. No obstante, nos aseguramos de que estos recursos externos cumplan los requisitos necesarios tal y como deben hacerse para garantizar las máximas posibilidades de éxito en el proceso.

Esperamos que esta información te haya resultado útil a la hora de evaluar las opciones y decidir cuál podría ser más beneficiosa para ti. Si deseas profundizar en cualquiera de estos enfoques, puedes concertar una consulta con uno de nuestros abogados.