Visado por preferencia familiar: tarjeta verde para inmigrantes por preferencia familiar

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Si eres ciudadano estadounidense o residente permanente legal, es posible que puedas solicitar al Gobierno de los Estados Unidos un visado por preferencia familiar para algunos de tus familiares.

Estos visados permiten a tus familiares venir a EE. UU. para obtener la residencia permanente y, como residentes permanentes, podrán vivir y trabajar donde deseen en Estados Unidos.

Esta guía explica las categorías de preferencia familiar que pueden aplicarse a tus familiares.

Getting Green Cards for Family Preference Immigrants - Davis & Associates

Información sobre los visados por preferencia familiar: cómo obtener la tarjeta verde para inmigrantes por preferencia familiar

Existen cinco categorías de visados por preferencia familiar disponibles para algunos familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales. Estos visados están sujetos a límites anuales, lo que significa que los miembros de tu familia deben esperar a que se libere una plaza antes de que se les apruebe la entrada en EE. UU. y puedan obtener la residencia permanente.

Estas son las categorías de preferencia familiar:

  • Primera preferencia (F1)
  • Segunda preferencia (F2A)
  • Segunda preferencia (F2B)
  • Tercera preferencia (F3)
  • Cuarta preferencia (F4)

Los familiares cercanos de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales, como cónyuges e hijos, no necesitan recurrir a los visados de preferencia familiar. Se les considera familiares directos y pueden optar a la tarjeta verde sin tener que esperar a que quede una plaza libre en la lista de preferencia familiar.

Descubre las categorías de preferencia familiar en las siguientes secciones.

Family Preference Visa Information - Davis & AssociatesVisados y tarjetas de residencia de preferencia familiar F1

Los visados y las tarjetas de residencia de primera preferencia están disponibles para los hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses, pero solo si tienen 21 años o más. Los hijos e hijas casados no pueden optar a los visados de preferencia familiar F1, ni tampoco aquellos menores de 21 años.

Visados F2A y tarjetas de residencia para familiares de residentes permanentes legales

Los visados F2A están disponibles para los cónyuges e hijos de residentes permanentes legales. Los cónyuges pueden tener cualquier edad, pero los hijos deben ser solteros y menores de 21 años para poder optar a los visados F2A. Los hijos solteros mayores de 21 años solo pueden optar a los visados F2B.

Visados F2B para hijos de residentes permanentes legales

Los visados F2B están destinados a los hijos e hijas solteros de residentes permanentes legales, pero solo cuando estos tengan 21 años o más. (Los hijos e hijas solteros menores de 21 años solo pueden optar a visados F2A.)

Visados F3 para hijos casados de ciudadanos estadounidenses

Los visados F3 solo están disponibles para los hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses. La edad no es un requisito para el visado F3: se aplica a cualquier hijo casado de un ciudadano estadounidense.

Visados F4 para hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses

Los visados F4 están destinados a los hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses. Los hermanos y hermanas pueden tener cualquier edad, pero el ciudadano estadounidense debe tener 21 años o más para que sus hermanos puedan optar a ellos.

¿Qué es la fecha de prioridad en una solicitud de visado por preferencia familiar?

Dado que existe un límite en el número de visados por preferencia familiar disponibles cada año, los visados de inmigrante basados en la familia se conceden por orden de recepción de las solicitudes. Por ejemplo, alguien que solicitó un visado bajo la primera preferencia hace tres años lo obtendrá antes que alguien que lo haya solicitado este año. La fecha de presentación (la fecha en la que el formulario I-130, «Petición para un familiar extranjero», se presentó debidamente ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU.) se denomina fecha de prioridad.

¿Se puede ajustar el estatus para obtener una tarjeta de residencia por preferencia familiar?

Si actualmente te encuentras en Estados Unidos, es posible que reúnas los requisitos para ajustar tu estatus migratorio y obtener una tarjeta verde por preferencia familiar. Naturalmente, necesitarás un familiar que cumpla los requisitos —un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal con quien mantengas una relación que cumpla los requisitos— y también deberás:

  • Presentar el formulario I-485, Solicitud de registro de residencia permanente o de ajuste de estatus
  • Haber sido inspeccionado y admitido, o inspeccionado y admitido bajo libertad condicional en Estados Unidos
  • Estar físicamente presente en EE. UU. cuando presente el formulario I-485
  • Reunir los requisitos para recibir un visado de inmigrante
  • Disponer de un visado de inmigrante de forma inmediata
  • No estar inhabilitado para el ajuste de estatus
  • Ser admisible en EE. UU. para la residencia permanente legal (o cumplir los requisitos para una exención de inadmisibilidad o algo similar)
  • Contar con factores positivos en su caso que superen a los factores negativos

Más información sobre los visados por motivos familiares

¿Qué ocurre si tu familiar no cumple los requisitos para entrar en Estados Unidos?

No todo el mundo cumple los requisitos para venir a Estados Unidos. De hecho, se considera que algunas personas no cumplen dichos requisitos. En ocasiones, el Gobierno de EE. UU. rechaza a los solicitantes por los siguientes motivos:

  • Motivos relacionados con la salud
  • Motivos penales
  • Motivos de seguridad
  • Vínculos con organizaciones indeseables o terroristas
  • Entrada ilegal previa en EE. UU., infracciones migratorias anteriores o expulsión previa de EE. UU.
  • No presentación de la documentación adecuada

En algunos casos, los familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales pueden solicitar una exención de inadmisibilidad. Esto significa que el Gobierno de EE. UU. está dispuesto a eximir a determinadas personas de los requisitos de admisibilidad, lo que les permite solicitar (y, a menudo, obtener) un visado por preferencia familiar y, en última instancia, una tarjeta de residencia basada en la familia.

¿Cómo se solicita un visado por preferencia familiar?

Si tienes una visa disponible de forma inmediata como inmigrante por preferencia familiar, y si te encuentras actualmente en Estados Unidos, puedes presentar el formulario I-485 ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS). No necesitas una visa porque ya te encuentras en EE. UU. con una; puedes adelantarte y solicitar una tarjeta de residencia, que te otorga la residencia permanente legal en Estados Unidos. Puede presentar la solicitud mientras su formulario I-130 (que su familiar debe presentar en su nombre) aún se está tramitando o está pendiente, o bien puede presentar ambos al mismo tiempo. También puede presentar la solicitud después de que el USCIS haya aprobado su formulario I-130.

Si actualmente se encuentra fuera de Estados Unidos, su familiar debe presentar una petición ante el gobierno en su nombre mediante el formulario I-130. Una vez que su familiar presente este formulario, la fecha que figura en él se convierte en su fecha de prioridad (consulte la sección anterior, «¿Qué es una fecha de prioridad en una solicitud de visado por preferencia familiar?», para obtener más información). Cuando su fecha de prioridad aparezca en el Boletín de Visados, eso significa que hay una visado disponible para usted.

Para la mayoría de las personas, la mejor forma de solicitar un visado por preferencia familiar es contar con la ayuda de un abogado especializado en inmigración con experiencia en el ajuste de estatus, las solicitudes iniciales I-130 y las solicitudes I-485. Dado que la legislación de inmigración de EE. UU. puede resultar confusa —y que está sujeta a cambios en cualquier momento, con poco o ningún aviso previo—, a menudo es mejor contar con un abogado que se mantenga al día de los requisitos y cambios de dicha legislación. Su abogado puede ayudarles a usted y a su familiar a cumplimentar y presentar la documentación pertinente ante el USCIS, mantenerles informados sobre el estado de su caso y responder a sus preguntas en cada paso del proceso.

¿Necesitas hablar con un abogado especializado en inmigración sobre cómo obtener un visado por preferencia familiar?

Si necesitas hablar con un abogado sobre cómo obtener un visado por preferencia familiar para un familiar que cumpla los requisitos —o si no estás seguro de si tu familiar cumple los requisitos para obtener un visado inmediato—, es posible que podamos ayudarte. Llama a nuestra oficina para concertar una consulta gratuita con un profesional con experiencia que pueda darte las respuestas que necesitas ahora mismo.