Guía completa sobre los visados H-4
Si eres familiar de un titular de un visado H-1B que trabaja en Estados Unidos, es posible que puedas venir a EE. UU. con un visado H-4.
El visado H-4 no está disponible para todo el mundo —solo cumplen los requisitos determinados familiares—, pero si no cumples los requisitos para este tipo de visado, es posible que puedas optar por otro.
Por lo general, es recomendable que consultes con un abogado especializado en inmigración empresarial sobre tu situación, para que puedas dar los pasos adecuados para reunirte con tu familiar en EE. UU.
Nos preocupamos por la familia, no por los expedientes
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Si tú o algún miembro de tu familia estáis intentando entrar en EE. UU. mediante un visado de trabajo o una tarjeta verde, poneros en contacto con nuestros abogados expertos y atentos especializados en visados de trabajo concertando una consulta gratuita.
¿Qué es un visado H-4?
El visado H-4 es un tipo de visado para familiares a cargo. Solo puedes obtener este tipo de visado si eres un familiar a cargo de un titular de visado H-1, H-2 o H-3 que cumpla determinados requisitos. Conlleva ciertos derechos y responsabilidades, y para muchas personas lo mejor es consultar con un abogado sobre cómo utilizarlo para venir a EE. UU.
Aunque los trámites no son excesivamente complicados, siguen siendo trámites de inmigración, por lo que debes rellenar y presentar formularios específicos, además de pasar por el proceso de evaluación de requisitos para poder utilizar una visa H-4.
Debes solicitar la visa H-4 tan pronto como te sea posible. Si es posible, hazlo tan pronto como el gobierno apruebe la visa de tu cónyuge o de tus padres. De esta forma, facilitarás todo el proceso y, si se aprueba, no tendrás que llegar a EE. UU. después de que lo haya hecho tu cónyuge o tus padres.
¿Cuánto tiempo puedes permanecer en EE. UU. con una visa H-4?
El Gobierno de Estados Unidos te concederá un visado H-4 con el mismo plazo de validez que el visado de tu cónyuge o progenitor. Por ejemplo, si al titular del visado H-1, H-2 o H-3 con el que vas a viajar a EE. UU. se le concede un período de estancia de 3 años, tu visado H-4 también tendrá una validez de 3 años. Si su cónyuge o progenitor prorroga su visado, usted también podrá prorrogar el suyo.
¿Tiene que esperar a que su cónyuge o progenitor obtenga un visado H-1, H-2 o H-3 para solicitar un visado H-4?
No es necesario que esperes a que tu cónyuge o progenitor reciba su visado para solicitar el tuyo. De hecho, el Gobierno de EE. UU. recomienda que todos presentéis la solicitud al mismo tiempo; de ese modo, el USCIS podrá tramitar vuestras solicitudes conjuntamente y será más probable que podáis viajar juntos al país.
¿Quién cumple los requisitos para obtener un visado H-4?

Solo los cónyuges y los hijos solteros (menores de 21 años) de los titulares de visados H-1, H-2 y H-3 cumplen los requisitos para obtener un visado H-4. Esto significa que tu cónyuge o progenitor debe tener (o estar tramitando) un visado para:
- Trabajo temporal
- Trabajo estacional
- Trabajo especializado
- Participación en proyectos cooperativos de investigación y desarrollo gestionados por el Departamento de Defensa de EE. UU.
- Trabajo como modelo, siempre que el titular de la visa goce de prestigio y reconocimiento a nivel nacional o internacional
- Formación profesional relacionada con un trabajo que, en última instancia, se realizará fuera de Estados Unidos
¿Qué ocurre si mis padres dependen de mí? ¿Pueden obtener visados H-4?
Lamentablemente, solo los cónyuges y los hijos solteros menores de 21 años cumplen los requisitos para obtener un visado H-4. No obstante, puede que existan otras vías que puedas utilizar para traer a tus padres a Estados Unidos contigo, por lo que lo mejor es que comentes tu situación con un abogado que conozca la legislación de inmigración estadounidense y sepa cómo se aplica a tu caso.
Cada situación es diferente, y es posible que tu abogado pueda encontrar una forma de que traigas a tus padres a EE. UU. conforme a la legislación de inmigración vigente.
La entrevista para el visado H-4
Es posible que tú y tus hijos tengáis que acudir a una entrevista para el visado con un funcionario del Gobierno de EE. UU. antes de que se os conceda este tipo de visado. Algunas de las preguntas que podría hacerte el entrevistador son:
- ¿Por qué necesitas un visado?

- ¿Cuándo se selló el visado de su cónyuge? (Si su entrevista no es al mismo tiempo que la de su cónyuge.)
- ¿Qué tiene previsto hacer en EE. UU.?
- ¿Va a trabajar en Estados Unidos?
- ¿Dónde vive actualmente y quién vive con usted?
- ¿Dónde vivirá en EE. UU.?
- ¿Quién le mantendrá económicamente cuando llegue a EE. UU.?
- ¿Quién pagará su viaje a EE. UU.?
- ¿Cuánto tiempo llevas casado?
- ¿Cómo conociste a tu cónyuge?
- ¿Está registrado tu matrimonio?
- ¿A qué se dedica tu cónyuge?
- ¿Cuánto tiempo lleva tu cónyuge trabajando para su actual empleador?
- ¿Cuánto dinero gana tu cónyuge al año?
No hay nada de qué preocuparse en la entrevista de inmigración: solo tienes que responder con sinceridad. Por lo general, la mayoría de los cónyuges acuden a la entrevista de su cónyuge con visado H-1, H-2 o H-3 junto a él o ella; las entrevistas individuales no son muy habituales. Si tienes que acudir a una entrevista por separado de tu cónyuge, el entrevistador te hará preguntas para determinar tus intenciones en Estados Unidos y para asegurarse de que realmente cumples los requisitos para venir como titular de un visado H-4 de no inmigrante.
¿Puedes trabajar en EE. UU. si tienes un visado H-4?
A algunos titulares de visados H-4 se les permite trabajar en Estados Unidos. Sin embargo, cualquier titular de visado que desee trabajar en EE. UU. debe obtener una autorización de trabajo.
Cómo obtener una autorización de trabajo con un visado H-4
Algunos cónyuges dependientes con visado H-4 de inmigrantes con visado H-1 pueden presentar el formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo, para solicitar al Gobierno de EE. UU. una autorización de trabajo. Sin embargo, no hay garantía de que el gobierno apruebe su solicitud, y solo está disponible para algunos cónyuges. Solo podrá optar a la autorización de trabajo como no inmigrante con visado H-4 si su cónyuge:
- Tiene aprobado el formulario I-140, Petición de inmigración para trabajadores extranjeros, o
- Se le haya concedido el estatus H-1B para solicitar la residencia permanente legal basada en el empleo
Deberá proporcionar al Gobierno de EE. UU. pruebas que demuestren que cumple los requisitos para solicitar y obtener la autorización de trabajo. Por ejemplo, deberá presentar:
- Una copia de tu notificación de aprobación actual del formulario I-797 correspondiente al formulario I-539
- Una copia del formulario I-94 en la que figure tu admisión como no inmigrante H-4 o tu última prórroga de estancia aprobada en Estados Unidos
- Una copia de su último permiso de trabajo (EAD), si dispone de él
- Una copia de la página biométrica de su pasaporte
- Su partida de nacimiento con un documento de identidad con fotografía
- Un visado que posea y que haya sido expedido por un consulado extranjero
- Un documento nacional de identidad con su fotografía
- Una copia de su certificado de matrimonio
- Pruebas de que cumple los requisitos, como el formulario I-140 aprobado de su cónyuge o una copia del pasaporte del titular de un visado de no inmigrante H-1B, formularios I-94 anteriores o formularios I-797 actuales o anteriores para el formulario I-129
- Dos fotografías idénticas de 2 pulgadas por 2 pulgadas, tipo pasaporte (en color), de usted mismo
Dado que este puede ser uno de los aspectos más confusos de ser titular de un visado de no inmigrante H-4, lo mejor sería que consultara con un abogado antes de presentar cualquier solicitud o abonar cualquier tasa.
No se le permitirá trabajar en EE. UU. hasta que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) apruebe su formulario I-765. Una vez aprobada su autorización de empleo, su documento de autorización de empleo (EAD) caducará en la misma fecha que la fecha de caducidad que figura en su formulario I-94 más reciente. Puede renovar su EAD presentando otro formulario I-765, pero no puede solicitar la renovación del EAD más de 180 días antes de que caduque el original.
Otras opciones laborales para los titulares de visados H-4
No puedes realizar ningún tipo de trabajo en Estados Unidos sin un EAD. Esto incluye trabajar por cuenta propia desde casa, trabajar a tiempo parcial en línea o crear tu propia empresa, incluso si vas a contratar a ciudadanos estadounidenses en tu nuevo negocio. Debe disponer siempre de un EAD para poder realizar cualquier tipo de trabajo en EE. UU. Sin embargo, puede realizar labores de voluntariado en cualquier organización sin ánimo de lucro, siempre que su trabajo no sea remunerado y que también se ofrezca a ciudadanos estadounidenses y titulares de la tarjeta verde. Si recibe una remuneración o cualquier otro tipo de beneficio por su trabajo voluntario, podría estar infringiendo la legislación de inmigración de EE. UU.
¿Puedes trabajar en cualquier empleo, para cualquier empleador, si eres titular de un visado H-4?
Si dispones de autorización de empleo para trabajar en Estados Unidos, puedes trabajar para cualquier empleador. No es necesario que cambies tu tipo de visado ni que vuelvas a solicitarlo si dejas un empleo y pasas a otro. La clasificación de no inmigrante H-4 no está vinculada a un empleador concreto, como ocurre con muchos otros tipos de visados, lo que significa que mantendrás tu estatus válido siempre y cuando el extranjero principal —la persona con la que tu relación te permitió obtener la visa H-4 en primer lugar— mantenga su estatus válido.
¿Puedes estudiar si te encuentras en Estados Unidos con una visa H-4?
Los menores que se encuentran en Estados Unidos con un visado H-4 no necesitan un visado independiente para asistir a la escuela. Puedes matricularte en un centro de formación profesional, una escuela técnica o cualquier otra institución de educación superior. En muchos casos, ser titular de un visado H-4 te da derecho a la matrícula local (como la matrícula para residentes del estado), que suele ser más baja que la matrícula para no residentes. Solo recuerda que, si tienes intención de trabajar, tendrás que cambiar el tipo de visado que tienes u obtener una autorización de empleo del Gobierno de EE. UU.
¿Qué pueden hacer los titulares de un visado H-4 en Estados Unidos?
Si tienes este tipo de visado, hay varias cosas que puedes hacer en Estados Unidos. Puedes obtener el carné de conducir, trabajar si dispones de un documento de autorización de empleo, abrir una cuenta bancaria y utilizar tarjetas de crédito y de débito. Si trabajas, también debes pagar impuestos en EE. UU. Lo más probable es que necesites obtener un Número de Identificación Fiscal Individual (ITIN) para presentar tu declaración de la renta. Este número único solo se utiliza a efectos fiscales federales.
¿Necesitas consultar con un abogado sobre cómo obtener un visado H-4 para ti o para tus hijos?
Para muchas familias, la solución más sencilla es consultar con un abogado especializado en inmigración que conozca la legislación de inmigración de EE. UU. Cuando trabajas con un abogado para obtener un visado H-4, tanto si eres cónyuge dependiente como si eres hijo soltero (y menor de 21 años) de un titular de un visado H-1, H-2 o H-3, contarás con alguien que responderá a tus preguntas en cada paso del proceso. Tu abogado también se encargará de cumplimentar y presentar la documentación necesaria por ti, para que puedas centrarte en otras cosas.
Si necesitas hablar con un abogado sobre cómo venir a EE. UU. con un visado H-4, ya sea para ti o para tus hijos (o para ambos), es posible que podamos ayudarte.