Visados para familiares directos: IR-1, CR-1, IR-2 y otros
Algunos familiares de ciudadanos estadounidenses cumplen los requisitos para obtener visados de familiares directos.
Estos visados te permiten venir a EE. UU. y obtener una tarjeta verde sin tener que esperar a que haya una plaza disponible.
Una vez que tengas la tarjeta verde, serás residente permanente legal y, con el tiempo, podrás solicitar la ciudadanía.
¿Qué son los visados de familiares directos?
La legislación estadounidense en materia de inmigración ofrece numerosas vías de inmigración familiar. Estas vías se clasifican por orden de prioridad según el tipo de relación familiar y según si el patrocinador es ciudadano estadounidense o residente permanente legal.
Los familiares directos de los ciudadanos estadounidenses tienen prioridad máxima y pueden solicitar visados para venir a Estados Unidos sin tener que esperar a que haya una plaza disponible. Solo se tienen en cuenta determinadas relaciones familiares, como cónyuges, hijos y padres.
Entre los visados para familiares directos a los que puedes optar se incluyen:
- IR-1 y CR-1
- IR-2 y CR-2
- IR-3
- IR-4
- IR-5
La relación familiar que tenga con su familiar ciudadano estadounidense determinará a qué tipo de visado tiene derecho; en esta guía se explica cómo funciona.
Visados para familiares directos de cónyuges de ciudadanos estadounidenses: visados IR-1 y CR-1
Si tu cónyuge —es decir, tu marido o mujer con quien estás legalmente casado/a— es ciudadano estadounidense, puedes presentar una solicitud para obtener un visado IR-1 o CR-1. La diferencia entre ambas visas radica en la duración de su matrimonio; si llevan casados menos de dos años, el cónyuge extranjero debe solicitar una visa CR-1, y si llevan casados dos años o más, debe solicitar la visa IR-1.
Hijos y visas para familiares directos: visas IR-2 y CR-2
Si es ciudadano estadounidense y tiene hijos solteros menores de 21 años que viven fuera de Estados Unidos, es probable que una visa IR-2 o CR-2 sea la opción adecuada para usted. La visa IR-2 es para hijos cuyos padres llevan casados más de dos años (cuando uno de los padres recibe una visa IR-1), mientras que la visa CR-2 es para hijos cuyos padres llevan casados menos de dos años.
Hijos adoptados en el extranjero: visado IR-3
Si eres ciudadano estadounidense y has adoptado a un niño que se encuentra fuera de EE. UU., este necesitará el visado IR-3. El visado IR-3 está reservado específicamente para los hijos adoptados de ciudadanos estadounidenses cuando el proceso de adopción se ha llevado a cabo en el país de origen del niño. El proceso para obtener un visado IR-3 varía en función del país de origen del niño.
Niños que van a ser adoptados en EE. UU.: visado IR-4
El visado IR-4 permite a los ciudadanos estadounidenses obtener la tutela del niño que desean adoptar en el país de origen de este y, a continuación, traerlo a EE. UU. para completar el proceso de adopción. El proceso para obtener un visado IR-4 varía en función del país de origen del menor.
Padres de ciudadanos estadounidenses: visado IR-5
El visado IR-5 está reservado a los padres de ciudadanos estadounidenses. El ciudadano estadounidense debe tener al menos 21 años y debe poder demostrar la relación parental mediante un certificado de nacimiento válido.
Resumen de las visas para familiares directos
Esta tabla muestra qué tipos de visas son adecuadas para que los familiares directos puedan venir a Estados Unidos.
| Tipo de visa | Relaciones familiares | Condiciones de solicitud |
| IR-1 | Cónyuges de ciudadanos estadounidenses | Llevas casado más de dos años. |
| CR-1 | Cónyuges de ciudadanos estadounidenses | Llevas casado menos de dos años. |
| IR-2 | Hijos de ciudadanos estadounidenses que no estén casados, sean menores de 21 años y residan fuera de Estados Unidos | El progenitor no ciudadano debe tener un visado IR-1. |
| CR-2 | Hijos de ciudadanos estadounidenses que sean solteros, menores de 21 años y residan fuera de Estados Unidos | El progenitor no ciudadano debe tener un visado CR-2.
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| IR-3 | Hijos adoptados en el extranjero por ciudadanos estadounidenses | El hijo debe ser menor de 21 años y soltero. |
| IR-4 | Niños que van a ser adoptados en EE. UU. por ciudadanos estadounidenses | El niño debe ser menor de 21 años y soltero. |
| IR-5 | Padres de ciudadanos estadounidenses | El ciudadano estadounidense debe tener al menos 21 años. |
¿Qué ocurre con los familiares de los familiares?
Si tu cónyuge o uno de tus padres cumple los requisitos para obtener un visado de familiar directo, es posible que tú también puedas optar a un visado. Tu autorización se deriva de la de ese familiar.
Por ejemplo, si tu marido puede solicitar un visado IR-5 por ser padre de un ciudadano estadounidense, tú también puedes solicitar un visado y la tarjeta de residencia. Tendrás que presentar toda tu propia documentación y cumplir los requisitos de admisión en Estados Unidos por derecho propio (lo que significa que debes cumplir los mismos criterios de admisión que tu cónyuge).
A esto se le denomina «solicitante derivado»; si crees que puedes cumplir los requisitos (o si eres el solicitante y crees que otros miembros de tu familia también los cumplen), deberías consultar con un abogado especializado en inmigración de Dallas para obtener información específica sobre tu caso.
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¿Cuáles son los motivos de inadmisibilidad?
Para poder optar a uno de estos visados y a la tarjeta verde, debe cumplir los requisitos de admisión en Estados Unidos. Esto significa que debe cumplir todos los criterios que cualquier otra persona debe cumplir para entrar en el país (como ser una persona de buena conducta moral y no padecer determinadas enfermedades contagiosas). Sin embargo, existen exenciones disponibles para los casos de inadmisibilidad. Debería consultar con un abogado especializado en inmigración si no está seguro de si es admisible en Estados Unidos.
¿Cómo se solicita un visado para familiares directos?
Para muchas personas, la forma más sencilla de solicitar un visado para familiares directos es con la ayuda de un abogado. Si eres el familiar extranjero, no puedes presentar la solicitud por ti mismo: el ciudadano estadounidense debe presentarla en tu nombre, aunque tendrás que colaborar y proporcionar la documentación necesaria.
¿Necesitas hablar con un abogado sobre cómo obtener un visado para familiares directos?
Si es usted ciudadano estadounidense, o si es un familiar directo y tiene un familiar dispuesto a presentar una solicitud en su nombre, es posible que podamos ayudarle. Llame hoy mismo a nuestra oficina para concertar una consulta con un abogado con experiencia y poner en marcha el proceso.