ABOGADOS ESPECIALIZADOS EN VISADOS DE TRABAJO H-1B EN HOUSTON

ABOGADOS ESPECIALIZADOS EN VISADOS DE TRABAJO H-1B EN HOUSTON

Davis & Associates es tu bufete de abogados especializado en inmigración laboral de referencia en el sur de Texas, incluyendo Houston y sus alrededores. Nuestros profesionales del derecho ofrecen asesoramiento jurídico especializado en todos los ámbitos de la legislación en materia de inmigración, centrándose especialmente en la inmigración empresarial y los visados de trabajo. Nuestros abogados le ayudan con los visados de trabajo y con los trámites de inmigración patrocinados por el empleador, como el visado de trabajo H-1B. Nuestros abogados le guiarán en todos los aspectos del proceso de solicitud del visado H-1B, incluyendo el conocimiento de los requisitos del visado H-1B y la presentación de la solicitud correspondiente.

H-1B Work Visa Attorney Davis and Associates Houston Texas

INMIGRACIÓN LABORAL

Para algunas personas, la forma más sencilla de obtener un visado de inmigración estadounidense o una tarjeta verde es a través de la inmigración laboral o el «visado de trabajo».

El visado de trabajo H-1B permite a una persona trabajar como empleado de una empresa patrocinadora para desempeñar funciones que requieran «conocimientos especializados». Esto significa que las funciones del puesto de trabajo ofrecido al empleado con visado H-1B deben requerir a alguien con estudios superiores y/o experiencia laboral especializada.

Haz clic en «Empezar» a continuación para concertar una consulta y comenzar hoy mismo tu solicitud de visado de trabajo H-1B.

ASHLEY

«El Sr. Davis es un abogado muy decidido. Nos informó muy bien sobre el caso de mi marido. Sus honorarios fueron razonables y es un hombre de palabra. Petra, su asistente, se mostró igual de decidida a gestionar todo lo que necesitaba de forma puntual. Fue respetuosa y amable. ¡¡¡Solo quiero daros las gracias a los dos!!! El abogado Garry Davis hará bien su trabajo y te dirá qué puedes esperar».

¿QUÉ ES UN VISADO H-1B?

Un visado H-1B es un visado de no inmigrante de Estados Unidos. Permite a los empleadores estadounidenses contratar temporalmente a trabajadores de otros países para desempeñar puestos de trabajo especializados.

REQUISITOS DE LA VISADO DE TRABAJO H-1B

Hay varios requisitos que debes cumplir para solicitar un visado H-1B.

  1. Debes tener una relación laboral con un empleador estadounidense que presente la solicitud. Un empleador fiable que pueda contratar, despedir, supervisar o controlar de cualquier otra forma el empleo del beneficiario debe presentar la solicitud del visado.
  2. El puesto de trabajo debe corresponder a una ocupación que requiera un título universitario o una cualificación especializada.
  3. Debe poder demostrar que su formación, cualificación o especialidad es necesaria para desempeñar el trabajo.
  4. La remuneración económica del puesto debe ser igual o superior al salario vigente para esa ocupación específica en la zona geográfica donde se desea trabajar.
  5. Solo hay 85 000 visados H-1B disponibles cada año. Si se han agotado las 85 000 plazas, no recibirá uno.
  6. No puede patrocinarse a sí mismo como empleador y empleado.

Es necesario que consulte con un abogado experto en legislación de inmigración laboral de EE. UU. antes de presentar peticiones o solicitudes ante el Gobierno. Davis & Associates cuenta con la experiencia necesaria para ayudar a los clientes a gestionar con éxito el visado H-1B y otros trámites de inmigración empresarial. Descubra cómo podemos ayudarle haciendo clic en el botón «Empezar» que aparece a continuación.

¿VISADO H-1B Y DESPIDO?

En estos tiempos de incertidumbre económica, las empresas se ven obligadas a tomar medidas drásticas para salir adelante. A medida que las tasas de desempleo siguen aumentando en EE. UU., es probable que muchos titulares de visados de no inmigrante H-1B se queden sin trabajo y busquen soluciones. A continuación se ofrece una descripción general de las opciones disponibles para los titulares de visados H-1B que se vean afectados por la crisis económica.

Lo primero que debes saber como titular de un visado de no inmigrante H-1B es que se espera que tu empleador corra con los gastos de tu regreso a casa si te despiden. Eso no significa que puedas entrar en la oficina del fundador y pedirle el coste en dólares de un billete de avión de vuelta a casa. Pero si vas a salir de EE. UU., tu empleador está obligado a pagar tu viaje de vuelta, aunque solo si te vas. Pídeles que revisen con mucho detenimiento la petición H-1B y la solicitud de condiciones laborales que firmaron y presentaron, y verán que aceptaron hacerlo en el momento de la presentación.

Si tu solicitud de visado H-1B estaba «sujeta al cupo», lo que significa que tenías que cumplir los requisitos para su aprobación mediante el sistema de selección por sorteo cuando se presentó tu solicitud original de visado H-1B, entonces tienes la posibilidad de transferir esa solicitud de visado H-1B a otro empleador con visado H-1B. Existen algunas limitaciones a la transferibilidad.

En primer lugar, el puesto que se le ofrece debe cumplir los requisitos para ser considerado un empleo H-1B. Debe ser de carácter profesional y requerir una titulación específica de grado o superior para acceder al mismo. Puede suponer razonablemente, aunque no es una certeza, que si le ofrecen un puesto similar al empleo H-1B que ocupaba más recientemente, es probable que dicho puesto se considere un empleo H-1B.

En segundo lugar, debe presentar la solicitud de transferencia de la visa H-1B en un plazo de 60 días a partir de su última nómina, preferiblemente en un plazo de 30 días y, a ser posible, con la nómina habitual y no con la indemnización por despido. Técnicamente, un titular de una visa H-1B queda fuera de estatus el mismo día en que se le rescinde el contrato. Una persona que se encuentra fuera de estatus no puede modificar ni prorrogar su estatus de no inmigrante. El USCIS tiene una práctica no escrita de permitir prórrogas o cambios de estatus a los titulares de visado H-1B que presenten la solicitud en un plazo de 60 días a partir de la fecha de la última nómina. Esto podría cambiar en cualquier momento, pero históricamente ha sido la práctica habitual. ¡Empieza a buscar un nuevo trabajo lo antes posible!

En tercer lugar, se está debatiendo en los foros la posibilidad de solicitar un cambio de estatus a estudiante F-1, visitante B-2 y similares para disponer de más tiempo para buscar un nuevo empleo con visado H-1B. La idea sería que, a continuación, el nuevo empleador presentara una nueva petición de visado H-1B mientras la solicitud de F-1 o B-2 está pendiente. Esta práctica plantea un grave problema. Hace varios años, el Gobierno dejó de permitir el «estatus puente» mediante un memorándum de política emitido desde la sede central. El «estatus puente» es la práctica de presentar una solicitud de prórroga o de cambio de estatus y, mientras dicha prórroga o cambio está pendiente, presentar otra solicitud.

Por ejemplo, un visitante con visado de no inmigrante B-2 llega a EE. UU. y recibe permiso para permanecer en el país durante seis meses. Antes de que transcurra ese plazo de seis meses, la persona solicita una prórroga de su estatus por otros seis meses. Mientras esa solicitud de prórroga está pendiente y una vez que ha expirado el periodo inicial de seis meses de estancia, la persona presenta otra solicitud para cambiar su estatus al de estudiante F-1. Antiguamente, el servicio de inmigración habría considerado que el cambio de estatus a F-1 era admisible, ya que la solicitud de prórroga estaba pendiente. A esto se le denominaba «puente» de estatus.

El servicio de inmigración ha dejado de permitir el «puente» de estatus. Por lo tanto, la única forma de que el «puente» funcione es terminarlo antes de cruzarlo. Esto significa que la solicitud de estatus provisional, ya sea una solicitud de cambio de estatus a visitante B-2 o a estudiante F-1, debe ser concedida para garantizar que la persona tenga un nuevo estatus en el momento en que se presente la solicitud de transferencia de la visa H-1B. El problema es que el servicio de inmigración suele tardar más en resolver un cambio de estatus a visitante B-2 que el período máximo solicitado, lo que significa que la persona seguirá sin tener estatus cuando intente solicitar el cambio de vuelta a la visa H-1B. Intentar llevar a cabo esta transición es como jugar con fuego. Es un proceso complejo y no debe gestionarse sin la ayuda profesional de un abogado especializado en inmigración.

En cuarto lugar, ¿qué opciones tienes si has trabajado para una institución de investigación gubernamental, una universidad estadounidense u otro empleador que esté exento de las cuotas de visados H-1B? No has utilizado un visado de las cuotas, a menos que lo hicieras con un empleador anterior, y, por lo tanto, no podrás cambiarte a un puesto sujeto a las cuotas de visados H-1B. Las opciones son limitadas, pero si te despiden antes del 1 de abril de ese año, tendrás muchas posibilidades de obtener un visado de la cuota para empezar a trabajar el 1 de octubre de ese mismo año para un empleador sujeto a las cuotas.

Por último, ¿qué se debe hacer si no se encuentra ningún empleo en el plazo de 60 días desde la finalización de la relación laboral? Tenga en cuenta que, siempre que no abandone los EE. UU. durante más de un año, seguirá teniendo derecho al visado H-1B de las cuotas. Como se ha indicado anteriormente, un titular de un visado H-1B de no inmigrante queda fuera de estatus el mismo día en que se le rescinde el contrato. Sin embargo, una persona no se considera en situación irregular en EE. UU. hasta que el Gobierno le retire el estatus (es decir, mediante un procedimiento de expulsión o la denegación de una solicitud de cambio de estatus) o hasta que caduque su documento de estatus I-94.

La estancia ilegal tiene consecuencias para la capacidad de una persona de obtener un visado en el consulado de EE. UU. El simple hecho de encontrarse fuera de estatus, por sí solo, no las tiene. Cuando alguien permanece ilegalmente en EE. UU. durante más de 180 días, no puede volver a EE. UU. durante 3 años. El período de inadmisibilidad aumenta de 3 a 10 años si la persona permanece ilegalmente en EE. UU. durante más de un año.

Teniendo en cuenta estos factores, ¿qué ocurre si el documento de estatus I-94 no ha caducado, el Gobierno no ha rescindido el I-94 y han pasado más de 60 días desde el último pago de nómina cuando encuentras un nuevo lugar de trabajo? El empleador presentará una nueva solicitud de visado H-1B sin solicitar un cambio o una prórroga del estatus. Deberás llevar esa autorización al consulado de EE. UU., obtener un nuevo visado y volver a entrar en EE. UU. para reincorporarte al trabajo. O bien, si ya tienes un visado H-1B en el pasaporte, a pesar de tener un empleador diferente, puedes llevar la autorización de la nueva solicitud, salir de EE. UU. y volver a entrar con un nuevo I-94 para reincorporarte al trabajo. Si eres canadiense, estás exento de la visa H-1B, por lo que solo tendrás que salir de EE. UU. y volver a entrar legalmente con tu pasaporte y la nueva petición.

Por muy frustrante y problemático que sea ser despedido, tener una visa H-1B aumenta la ansiedad. Pero, como se ha descrito anteriormente, hay opciones. Así que no pierdas la esperanza y ¡buena suerte en la búsqueda de un nuevo trabajo!