ÚLTIMAS NOTICIAS PARA PROCEDIMIENTOS DE DEMOCIÓN: Niz-Chavez v. Garland y avisos de comparecencia
El 29 de abril de 2021, la Corte Suprema de Estados Unidos emitió una decisión muy importante para las personas en proceso de deportación. En este artículo, analizaremos la decisión y explicaremos las implicaciones para las personas que enfrentan la deportación.
Como cuestión preliminar, muchas personas que enfrentan procedimientos de deportación de los Estados Unidos tienen la opción de solicitar alivio para la expulsión de los EE. UU. conforme a la Sección 240A(b) de la INA. Esa sección se llama Cancelación de expulsión para residentes no permanentes.
Los requisitos para solicitar la cancelación de la expulsión
- A la persona se le debe haber entregado un Aviso de comparecencia, el documento emitido por el Departamento de Seguridad Nacional que, cuando se le entrega a una persona y se presenta ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (el Tribunal de Inmigración), coloca a la persona en deportación o “expulsión. actas.
- La persona debe demostrar que ha estado en los EE. UU. durante al menos 10 años. Los 10 años podrían ser después de una entrada legal o una entrada ilegal, siempre y cuando la persona pueda demostrar su presencia en EE.UU. durante esos 10 años. Hay reglas que impiden que los 10 años cuenten, lo cual es fundamental para la decisión de la Corte Suprema.
- La persona deberá acreditar que ha sido una persona de buena moral y que no tiene antecedentes penales.
- Finalmente, la persona debe demostrar que un miembro de la familia calificado sufriría “dificultades excepcionales y extremadamente inusuales” en caso de que el familiar en proceso de deportación fuera deportado de los EE. UU. Aquellos que califican como miembros de la familia para este propósito son un cónyuge, padre o hijo menor de 21 años que sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal.
Como mencioné, hay situaciones que detienen la acumulación del tiempo de 10 años requerido para que una persona sea elegible para recibir alivio de expulsión bajo la Cancelación de expulsión para residentes no permanentes. Uno de ellos, fundamental para la decisión de la Corte Suprema a favor del Sr. Niz-Chávez, es la notificación de comparecencia. Hasta hoy, el servicio de Aviso de Comparecencia era suficiente para detener el cronómetro de los 10 años requeridos para la Cancelación de Deportación para Residentes No Permanentes.
A menudo, cuando el gobierno emite un aviso de comparecencia, en realidad no indica cuándo se supone que la persona debe comparecer ante el tribunal. Los espacios en blanco en el documento del formulario que avisaría a la persona notificada con el Aviso de comparecencia sobre cuándo comparecer se completaron con Por determinar, TBD o algo similar.
La decisión de la Corte Suprema: aviso de comparecencia
En una decisión sorprendente, considerando la mayoría conservadora, la Corte Suprema sostuvo que un Aviso de Comparecencia que no incluye una notificación específica de cuándo y dónde presentarse a la audiencia no detiene el reloj de los 10 años para la elegibilidad para la Cancelación de Deportación.
Qué significa esto para los procedimientos de deportación
Si se enfrenta a un proceso de deportación y ha estado esperando su audiencia durante mucho tiempo, debe consultar su Aviso de comparecencia. Si se dejó en blanco o se completó con algo como Por determinar, es posible que aún esté acumulando tiempo para ser elegible para la Cancelación de expulsión para residentes no permanentes.
Esto podría suponer un importante cambio de juego. Si ahora es elegible para la Cancelación de expulsión para residentes no permanentes y tiene confirmación de que el Aviso de comparecencia está pendiente ante el Tribunal de Inmigración, podría ser elegible para la Autorización de empleo y para la residencia permanente a través de la Cancelación de expulsión.
Si cree que esta decisión puede aplicarse a usted, comuníquese con nosotros para una consulta gratuita y permítanos ayudarlo a determinar si tiene o no un beneficio a la luz de esta decisión.
Acerca de Davis & Associates:
Davis & Associates es el bufete de abogados de inmigración elegido en el norte de Texas, que incluye Dallas, Fort Worth, Plano, Frisco, McKinney y las áreas circundantes. Sus abogados brindan asesoría legal experta para todos los aspectos de la ley de inmigración, incluida la defensa de deportación, recursos de hábeas corpus y mandamus, inmigración patrocinada por la familia, inmigración patrocinada por el empleo, inmigración de inversión, cumplimiento con los empleadores, visas temporales para el trabajo y la universidad, residencia permanente, Naturalización, tramitación de visas consulares, renuncias y apelaciones. El abogado Garry L. Davis está certificado por la Junta en la Ley de Inmigración y Nacionalidad por la Junta de Especialización Legal de Texas.
Datos de contacto:
Davis & Asociados
Dirección (Dallas): 17750 Preston Road Dallas, TX 75252
Teléfono: 469-957-0508
Dirección (Houston): 6220 Westpark Dr #110, Houston, TX 77057
Teléfono: 832-742-0066