Abogados especializados en visados de inmigración en Dallas

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Podemos ayudarte a obtener un visado

En Davis & Associates, dedicamos todos nuestros esfuerzos a los amplios ámbitos del derecho de inmigración y visados. El panorama político de Estados Unidos cambia con cada presidente, por lo que mantenerse al día en materia de legislación de inmigración es una prioridad fundamental para nuestros abogados. Un inmigrante en Estados Unidos necesita una representación fiable y con experiencia para poder superar los numerosos obstáculos que se le presentan.

Ayudamos a nuestros clientes a obtener todo tipo de visados, entre los que se incluyen:

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Visados de trabajo y de inversor

Encontrar trabajo en EE. UU. como ciudadano extranjero y traer empleados a EE. UU. puede ser un proceso frustrante y difícil, pero Davis & Associates está aquí para ayudarte.

Hemos tramitado con éxito:

  • Visados L-1A y L-1B: Visados de traslado dentro de la misma empresa para ejecutivos, directivos y aquellos empleados con conocimientos exclusivos sobre los productos y servicios de la empresa
  • Visados H-1BPara trabajadores profesionales con habilidades especiales
  • Visados TN-1: Para trabajadores contemplados en el tratado del TLCAN
  • Visados E-1 para comerciantes: Para nacionales de aquellos países con los que EE. UU. tiene un tratado de comercio y amistad que los contemple
  • Visados EB-5: Para personas que invierten una determinada cantidad de dinero en una empresa estadounidense
  • Visados R-1: Para organizaciones religiosas que deseen traer a un clérigo extranjero para dirigir o fundar una congregación étnica

Visados por motivos familiares

Los ciudadanos y residentes permanentes de Estados Unidos pueden solicitar al Gobierno federal un visado de inmigrante para determinados familiares. Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar visados para más categorías de familiares que los residentes permanentes. El tiempo que transcurre entre la fecha de presentación de la solicitud y la fecha en que el familiar obtiene efectivamente el visado de inmigrante puede variar enormemente: desde seis meses hasta 20 años o más.

El tiempo de espera viene determinado por:

  • La situación migratoria del solicitante
  • La categoría del familiar para el que presenta la solicitud
  • El país de origen del familiar

Visados para determinadas víctimas de violencia doméstica

Ciertas personas maltratadas por familiares que sean ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales (LPR) pueden tener derecho a un visado de inmigrante.

La inmigración a través de un familiar ciudadano estadounidense o residente permanente legal suele requerir que el ciudadano o residente permanente presente una solicitud y lleve a cabo el proceso de inmigración hasta el final, a menudo con una entrevista realizada por el USCIS. Esto significa que el ciudadano o el residente permanente legal tiene el control total del proceso de inmigración de su familiar; debe ser él quien inicie el proceso y puede darlo por terminado en cualquier momento. En las relaciones en las que existe violencia doméstica, el ciudadano o el residente permanente legal puede abusar de este control como una forma más de hacer daño a su familiar mediante amenazas de revocar o retrasar el proceso de inmigración, o de deportación.

VAWA

El Congreso aprobó la Ley contra la Violencia hacia las Mujeres (VAWA) para ayudar a las víctimas indocumentadas de violencia doméstica a obtener la residencia permanente independientemente de su familiar abusivo, ya sea ciudadano o residente permanente legal (LPR).

Las categorías de personas que pueden presentar solicitudes VAWA son:

  • Cónyuges maltratados de ciudadanos estadounidenses y residentes legales permanentes (LPR). Los hijos solteros menores de 21 años del cónyuge maltratado pueden incluirse en la solicitud, independientemente de si el menor ha sufrido maltrato o no.
  • Padres de menores que hayan sufrido maltrato por parte de sus padrastros o madrastras ciudadanos o residentes legales permanentes (LPR). Los demás hijos solteros menores de 21 años de los padres pueden incluirse en la solicitud, independientemente de si el menor ha sufrido maltrato o no.
  • Hijos solteros menores de 21 años que hayan sufrido maltrato por parte de sus padres ciudadanos o residentes permanentes legales (LPR). Los hijos solteros menores de 21 años del menor pueden incluirse en la solicitud, independientemente de si el menor ha sufrido maltrato o no.
  • Padres que hayan sufrido maltrato por parte de sus hijos o hijas adultos ciudadanos estadounidenses.

La solicitud VAWA se presenta mediante el formulario I-360 y requiere una documentación bastante extensa. Existen requisitos específicos que deben demostrarse para que el USCIS apruebe una solicitud VAWA. Si se aprueba la petición VAWA, el cónyuge, el hijo o el progenitor maltratado podrá solicitar la residencia permanente basándose en dicha petición una vez que la fecha de prioridad sea actual. Se debe analizar exhaustivamente el historial migratorio, penal y médico de cada solicitante para determinar si puede solicitar una tarjeta verde, cómo y cuándo.